Una normativa incluida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 introduce ajustes en los requisitos y establece beneficios.
Las motocicletas se han consolidado como uno de los medios de transporte más utilizados en Colombia, especialmente por su bajo consumo de combustible y su capacidad para reducir tiempos de desplazamiento en medio del tráfico urbano.
La revisión tecnomecánica es uno de los requisitos obligatorios para los propietarios de motocicletas en el país, ya que permite verificar el estado mecánico y las condiciones de seguridad del vehículo antes de circular por las vías.
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, se introdujo una nueva normativa que modifica algunos requisitos relacionados con este procedimiento y busca regular el sector y facilitar el cumplimiento de las obligaciones para los motociclistas, según informó ‘Caracol Radio’.
La medida está contemplada en la Ley 2294 de 2023, incluida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
¿A qué se debe la nueva regulación?
El Ministerio de Transporte explicó que los ajustes pretenden disminuir la carga administrativa y económica para quienes utilizan motocicletas, especialmente aquellos que dependen de este vehículo como herramienta de trabajo.
La entidad también indicó que la decisión tiene en cuenta los avances tecnológicos y la calidad de las motocicletas nuevas, que durante sus primeros años de uso suelen presentar una baja probabilidad de fallas mecánicas.
Otro de los objetivos de la medida es concentrar los controles de seguridad vial en los vehículos con mayor antigüedad, ya que estos pueden representar un mayor riesgo desde el punto de vista mecánico y de seguridad.
Motocicletas que no deberán realizar la revisión en los primeros años
Según lo estipulado en la normativa, las motocicletas matriculadas por primera vez contarán con un periodo de dos años antes de tener que realizar la revisión tecnomecánica, de acuerdo con ‘Caracol Radio’.
El beneficio aplica para todas las motocicletas nuevas sin importar su cilindraje, lo que representa una reducción de costos durante los primeros años de uso para miles de propietarios.
Circular con la revisión tecnomecánica vencida constituye una infracción de tránsito clasificada como C35.
En caso de que el vehículo no apruebe la inspección, el propietario dispone de 15 días calendario para realizar las reparaciones necesarias y presentarse nuevamente al centro de diagnóstico.
Esa segunda revisión no tiene costo adicional, pero si el vehículo vuelve a reprobar, se deberá pagar nuevamente el valor completo del trámite.
Tomado de: https://www.eltiempo.com/economia/finanzas-personales/revision-tecnomecanica-de-motos-en-colombia-estos-modelos-no-tendran-que-hacerla-segun-el-ministerio-de-transporte-3540442






